08/04/2020
Esta limitación se refiere exclusivamente a comercios que dispongan de una superficie útil superior a 300 metros cuadrados.
El resto de los comercios tendrán “plena libertad para establecer los días y horas de apertura al público” según se establece en el art. 19 de la ley 2/2010 de la ley de Comercio de CLM.
Esta supresión permitirá que el personal de estos establecimientos disponga de más tiempo de descanso y también para puedan realizarse las labores necesarias para la desinfección de los locales.
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